Recibo de renta o CFDI de arrendamiento
El recibo de renta prueba que el pago se hizo. El CFDI es la factura fiscal ante el SAT. Si el inquilino es una empresa, normalmente te piden los dos.
El CFDI es el que se deduce y el que exige una persona moral. El recibo firmado es la constancia del pago: sirve cuando se paga en efectivo, cuando el inquilino es persona física y cuando quieres dejar por escrito qué mes se cubrió. El comprobante del banco no dice el mes ni la dirección.
Casa habitación y local no se tratan igual
La renta de casa habitación está exenta de IVA si el uso es solo de vivienda (art. 20, fracción II, de la Ley del IVA). Locales, oficinas y bodegas sí causan IVA: 16 % en general, u 8 % en la región fronteriza con estímulo.
Si quien paga es persona moral, retiene 10 % de ISR (art. 116 de la Ley del ISR) y dos tercios del IVA (art. 1-A de la Ley del IVA). El arrendador recibe el neto. El generador hace esa cuenta con centavos.
Guarda los recibos. El Código Civil Federal (art. 2089) presume que, si tienes por escrito el pago de la última renta, las anteriores también se pagaron, salvo prueba en contrario.
Guía orientativa. No reemplaza la asesoría de un contador o abogado. Revisado: 2026-10-14.
Reglas revisadas el 2026-10-12 en la Ley del IVA, la Ley del ISR y el Código Civil Federal.